Administraciones Almendros

¿Qué hacer con las bicis en una comunidad de propietarios?

Cada vez son más las personas que apuestan por convertir la bicicleta en su medio de transporte habitual. Ya que éste es económico, respetuoso con el medio ambiente, no requiere de un gran mantenimiento y en ocasiones es más rápido que otras alternativas. No obstante, a veces como administradores de fincas en Granada nos encontramos algunos problemas con los vecinos y los propietarios de las bicicletas. Ya sea porque no existen unas normas claras del uso de la bicicleta en las zonas comunes del interior de la comunidad, o porque no se dispone de un espacio específico para aparcar las bicis en la comunidad de propietarios. ¿Qué hacer en estos casos u otros similares?

¿Qué hacer para conseguir tener un espacio donde aparcar las bicis en la comunidad de propietarios?

Si crees que tu comunidad de propietarios cuenta con espacio suficiente para habilitar una zona en la que aparcar las bicis, puedes hacer lo siguiente.

En primer lugar, deberás proponerlo al presidente de la comunidad de propietarios. Ya que éste es el encargado de incluir este punto en la orden del día de la siguiente junta. En esta reunión los propietarios podrán votar si deciden habilitar este espacio o no.

Cuando los propietarios quieran hacer una mejora en la finca deberán acudir al artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal.

En el artículo 17.3 de la LPH se haba de la posibilidad de hacer mejoras o instalar nuevos servicios en la comunidad de propietarios. Y ente ellos, habilitar un espacio para aparcar las bicis. Para esto será necesario contar con un 60% de propietarios a favor (tres de cada cinco propietarios). Aunque cada apoyo puede variar en función de la cuota de representación de cada propietario. En este tipo de decisiones los vecinos no pueden votar, solamente tratar de convencer a los propietarios.

¿Cómo hacer un mejor uso del espacio aparcabicis de la comunidad?

Si se aprueba acondicionar un espacio para aparcar las bicicletas en la comunidad de propietarios puede ser adecuado elaborar un reglamento para hacer un buen uso del espacio. Ya que cuando por fin la comunidad de propietarios cuenta con un aparcabicicletas, muchos vecinos lo pueden utilizar para guardar allí esas bicicletas que nunca usan o que no funcionan bien y ocupan sitio en casa.

Para establecer unas normas que establezcan cómo puede usarse este espacio podemos remetirnos al artículo 17.7 de la LPH. Una vez elaborado este reglamento sólo se necesita la mayoría absoluta para aprobarse. Y si es una segunda convocatoria basta la mayoría simple de los presentes.

Por ejemplo, puede establecerse el número de bicicletas que puede meter cada vivienda; la forma en la que se podrán retirar las bicicletas abandonadas; la manera en la que se asignan las plazas si hay mucha demanda; si es necesario establecer una cuota por uso para gestionar mejor la escasez de espacio o si es necesario contratar un servicio externo para el mantenimiento de las bicicletas.

¿Qué hago si me prohíben subir mi bicicleta a mi casa?

Aunque pueda parecer algo raro a primera estancia, en algunos casos se da esta situación. A veces es el propio presidente de la comunidad el que llama la atención a un vecino por subir su bicicleta a su casa. Y otras veces un vecino cualquiera. Puede darse el caso de que se intente justificar diciendo que el ascensor es nuevo, o directamente sin dar explicaciones del porqué.

En primer lugar, lo primero que te aconsejamos hacer es intentar dialogar con el vecino que te prohíbe subir las bicicletas a casa. Intenta hacerle entender que siempre subes la bicicleta con mucho cuidado y que a ti también te interesa que la comunidad se mantenga en las mejores condiciones posibles.

Pide al presidente de la comunidad o al administrador de fincas los estatutos de la comunidad de propietarios. En el caso de que no te los den, pueden consultarse en el Registro de la Propiedad. En el caso de que en los estatutos no se establezca lo contrario, tendrás toda la libertad del mundo de subir la bicicleta a tu casa. Y si por el contrario hay una norma que lo prohíbe puede pedirse una junta extraordinaria para que se cambie. Pregunta al administrador de fincas de tu comunidad la mejor manera de conseguirlo o qué otras alternativas tienes para que se puedan subir las bicis en una comunidad de propietarios.